No se pueden crear planes de beneficios extralegales equivalentes o superiores a la Convención Colectiva

La Sala Laboral 💪de la Corte Suprema de Justicia ⚖️señaló que las empresas no pueden crear planes de beneficios extralegales o suscribir pactos colectivos que sean equivalentes o superiores a los de la convención colectiva. Esa práctica empresarial desestimula la afiliación sindical.

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