Derecho de Asociación Sindical

El articulo 39 de la Constitución consagra el derecho de  Sindicación, al establecer que los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones sin intervención del Estado, el derecho de asociación  comprende tres enfoques, a saber:

(I)- Libertad individual de organizar Sindicatos

(ll)- Libertad de Sindicalización, ya que nadie puede ser obligado a afiliarse o desafiliarse a un sindicato, y,

(lll)- La autonomía Sindical, que es la facultad que tiene la organización sindical para crear su propio derecho interno

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