Derecho de Asociación Sindical

Por VASQUEZ MOLINA WILMEN JOSE · septiembre 30, 2021

El articulo 39 de la Constitución consagra el derecho de  Sindicación, al establecer que los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones sin intervención del Estado, el derecho de asociación  comprende tres enfoques, a saber:

(I)- Libertad individual de organizar Sindicatos

(ll)- Libertad de Sindicalización, ya que nadie puede ser obligado a afiliarse o desafiliarse a un sindicato, y,

(lll)- La autonomía Sindical, que es la facultad que tiene la organización sindical para crear su propio derecho interno

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio