LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS DEBEN SER TEMPORALES
Por VASQUEZ MOLINA WILMEN JOSE · octubre 6, 2021
El contrato realidad, es uno de los principio que establece el Artículo 53, como una manera de proteger al trabajador y se determinó, como consecuencias de las relaciones laborales, que en muchos casos , lo que se disponía en un contrato, no era lo que primara en la realidad.
Según la corte Constitucional, no han tenido una adecuado utilidad , ya que debian utilizarse para algunos casos.
